MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO 2418 DE 2013 ( 31 OCT 2013 ) Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1607 de 2012 El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política, los artículos 365, 366 Y395 del Estatuto Tributario y en desarrollo de lo Previsto por el artículo 94 de la Ley 1607 de 2012. CONSIDERANDO: Que la Ley 1607 de 2012, en su artículo 94, modificó el artículo 240 del Estatuto Tributario en el sentido de disminuir, de 33% a 25%, la tarifa del impuesto sobre la renta de las sociedades anónimas, de las sociedades limitadas y de los demás entes asimilados a unas y otras, que tengan la calidad de nacionales de conformidad con las normas pertinentes, incluidas también las sociedades y otras entidades extranjeras de cualquier naturaleza que obtengan sus rentas a través de sucursales ...
Comentarios
1. tributario, los actos administrativos devueltos deberán publicarse en el portal web de la DIAN, para que el usuario los pueda consultar. lo mismo ocurrirá con las notificaciones mediante aviso, cuando no sea posible establecer la dirección del responsable
A partir del 1 de julio, la información del Registro único tributario será compartida con las entidades públicas y los particulares con funciones públicas.